COMISIÓN NACIONAL DE ESTÁNDARES

NORMAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CNE

(COMISIÓN NACIONAL DE ESTANDARES)

 

1.- Objetivos y misiones de la CNE.

 

La CNE (Comisión Nacional de Estandares) es un componente técnico permanente de FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza). Trabaja en colaboración con cada una de las Secciones de Áreas Técnicas dentro del organigrama FESACOCUR y con el CNJ (Colegio Nacional de Jueces) .

 

Es un organismo competente de estudio y reflexión en el campo de las normas avícolas (aves de corral, palmipedas, pavos, gallinas de Guinea), aves ornamentales, palomas, conejos, cobayas y pequeños animales.

 

Como las aves ornamentales no se consideran domésticas, no hay estandares o normas para ellas. Por otro lado, existen monografías y la CNE (Comisión Nacional de Estándares) puede completarlas y aplicar metodologías de juicio.

 

Unirse a la CNE (Comisión Nacional de Estándares)  es el reconocimiento por parte de SAT (Secciones Áreas Técnicas) dentro del organigrama FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza) y del CNJ (Colegio Nacianal de Jueces), y requiere una conducta y comportamiento ejemplares.

 

Sus objetivos son:

 

  • Desarrollar, revisar y actualizar regularmente los estándares o monografías para todas las razas de gallináceas, anátidas, aves ornamentales, palomas, conejos, cobayas y pequeños animales.
  • Aprobar nuevas razas o variedades españolas y variedades extranjeras.
  • Reconocer razas y/o variedades extranjeras en territorio español.
  • Garantizar en España el respeto y la aplicación de todos los estándares y en el extranjero, el respeto de los estándares de las razas españolas.
  • Promover, apoyar y mejorar la conservación de las razas puras.

 

2.- Composición

 

Consiste en :

  • Un responsable de la CNE (Comisión Nacional de Estándares).
  • Responsable de conexión de estandares del CNJ (Colegio Nacional de Jueces).
  • Responsable de conexión de FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza).
  • El equipo de trabajo estará  formado además de los 3 componentes de CNE  por ocho jueces elegidos por 4 años, renovables por tercios cada 2 años.
  • Los ocho jueces deben de ser : 4 jueces representantes de SAT (Sección de Áreas Técnicas), uno por cada sección y 4 jueces representantes del CNJ (Colegio Nacional de Jueces),uno por cada sección, habiendo al final dos representantes por cada sección (aves de corral, palomas, conejos y cobayas y aves ornamentales).
  • Los miembros retirados pueden ser nombrados nuevamente.
  • Para poder postularse a la CNE (Comisión Nacional de Estándares), el juez debe estar al día con su contribución (si la hubiera) de CNJ (Colegio Nacional de Jueces), tener al menos 4 años de enjuiciamientos continuos y no haber sido sancionado (advertencia, suspensión, libertad condicional) por la Comisión de disciplina de CNJ (Colegio Nacional de Jueces).
  • Cualquier miembro suspendido o eliminado por el comité de disciplina de CNJ (Colegio Nacional de Jueces) será excluido del Comité Nacional de Estandares.

 

Miembros de derecho:

 

  • El Presidente de FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza) si es un juez, el Presidente de CNJ (Colegio Nacional de Jueces), el Delegado representante en la Entente Europea. si es un juez, son miembros de derecho para el duración de su mandato. Si el Presidente de FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza) o el Presidente de CNJ (Colegio Nacional de Jueces) también son Delegados representantes en la Entente Europea, solo se agregará un asiento a los 8 iniciales.
  • Estas posiciones no son nominativas, sino que están vinculadas a mandatos resultantes de elecciones o designaciones.

 

Miembro honorario:

 

  • La CNE (Comisión Nacional de Estandares) puede designar el título de miembro honorario a uno o más de sus miembros por su dedicación ejemplar.
  • No se atribuyen derechos de voto a esta distinción, pero se debe tener en cuenta su opinión consultiva.
  • Esta distinción es independiente de las prerrogativas vinculadas al título de miembro activo de la Comisión.

 

Organigrama dentro de la CNE (Comisión Nacional de Estandares):

 

  • Un presidente que:

 

  • Coordina y dirige el trabajo.
  • Convoca reuniones.
  • Resume los estudios realizados.

 

  • Un secretario que:

 

  • Recibe las solicitudes inherentes a la comisión de normas.
  • Escribe actas de reuniones.
  • Archivar todos los debates y los resultados del trabajo de la comisión.
  • Distribuye las actas de las reuniones y/o estudios realizados por la Comisión.
  • Establece, para el Presidente y los miembros, los archivos relacionados con el trabajo solicitado, investiga, clasifica y comunica al Presidente cualquier información de origen español o extranjero que pueda ser útil para la Comisión.
  • Un secretario adjunto puede ser designado si es necesario.

 

3.- Funcionamiento

 

El comité se reúne al menos dos veces al año, en sesión plenaria.

 

El Orden del día de cada reunión se envía a todos los miembros, a más tardar dos semanas antes de la fecha programada.

 

Los miembros que no puedan desplazarse o asistir enviarán sus comentarios al Presidente o al email de la Comisión (comisionestandares@gmail.com) al menos una semana antes de la fecha de la reunión.

 

Dos no participaciones sucesivas e injustificadas en las Comisiones de Estandares pueden excluir al miembro de la Comisión y no será reelegible.

 

En caso de vacante de un puesto (no participación, renuncia, exclusión, fallecimiento, etc.), este último se cubrirá cuando se renueve el siguiente tercero saliente.

 

Si es necesario, la Comisión puede solicitar servicios puntuales y de asesoramiento de oradores competentes externos sobre puntos específicos.

 

Durante las reuniones, los puntos del Orden del día pueden ratificarse con una aplicación inmediata después de la publicación oficial o posponerse para recibir más instrucciones.

 

Fuera de las reuniones, los estudios y las preguntas pueden tratarse según la importancia, por correspondencia o por correo electrónico.

 

Sin embargo, cualquier tema sustantivo será responsabilidad exclusiva de una reunión plenaria.

 

4.- Relación entre la CNE (Comisión Nacional de Estandares) y la CES (Comisión Europea de Standars).

 

Para los estándares de raza española, la CNE (Comisión Nacional de Estándares) garantiza su respeto a nivel europeo. El delegado ante la Entente Europea tiene el deber de apoyarlos con la CES (Comisión Europea de Standars).

 

Para propuestas o modificaciones a textos relacionados con estándares para razas extranjeras, la CNE (Comisión Nacional de Estándares) transmite sus propuestas al delegado ante la EE (Entente Europe), quien tiene el deber de presentarlas y apoyarlas con la CES. Las aprobaciones validadas por el CNE y las preguntas técnicas se enviarán al delegado ante la Entente Europea, quien garantizará su presentación y distribución al CES (Comisión Europea de Standars).

 

Los obtentores, los clubes y otras organizaciones que tengan propuestas que hacer al CES (Comisión Europea de Standars), deben enviarlas obligatoriamente al CNE (Comisión Nacional de Estándares) que, si lo considera útil, las notificará al delegado ante la EE (Entente Europea). La CNE (Comisión Nacional de Estándares)  recibe, a través del delegado ante la EE (Entente Europea), los informes y decisiones de la CES (Comisión Europea de Standars).

 

Si la CNE (Comisión Nacional de Estándares) considera que ciertas decisiones europeas no deberían aplicarse en territorio español, tiene el derecho y la competencia. Por otro lado, las exhibiciones o campeonatos europeos que tienen lugar en territorio español deben cumplir con las prescripciones de la CES (Comisión Europea de Standars).

 

 

 

 

5.- Difusión de información e informes.

 

La persona resposable de enlace de  la CNE (Comisión Nacional de Estándares) con FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza) es responsable de garantizar la publicación de los informes de la CNE (Comisión Nacional de Estándares) y de la comunicación a los clubes.

 

La persona resposable de enlace de  la CNE (Comisión Nacional de Estándares) con CJN (Colegio Nacional de Jueces) es el encargado de garantizar la publicación de los informes de la CNE (Comisión Nacional de Estándares) a CJN (Colegio Nacional de Jueces).

 

CJN (Colegio Nacional de Jueces) también asegura la publicación de los informes y asegura que todos los jueces avícolas apliquen las decisiones tomadas.

 

6.- Financiación de la CNE (Comisión Nacional de Estándares).

 

La financiación es a expensas de FESACOCUR (Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza).

 

7.- Reembolso de honorarios para miembros de CNE (Comisión Nacional de Estándares).

 

Solo los gastos de viaje y/u hospedaje vinculados a las reuniones de la CNE (Comisión Nacional de Estándares)  son reembolsables con los documentos justificativos. Otros costos adicionales, no están cubiertos.

 

Casos inesperados: Para todos los casos no previstos en este reglamento y/o el procedimiento de aprobación, la CNE (Comisión Nacional de Estándares)  seguirá siendo soberana sobre estas decisiones en todo el territorio español, a fin de adoptar las que considere más legítimas.

 

Hecho en Quintana de Valdivielso (Burgos) el 13 de septiembre de 2020.